El año 2011 un convenio firmado por Gener y la sanitaria
terminó con la férrea oposición de esta última al proyecto Alto Maipo, de la
hidroeléctrica ¿Qué incluía el pacto? Luego de un fallo de la Corte de
Apelaciones el contenido será conocido. Algunos especialistas esperan tropezar
con incidencias tarifarias para los clientes, aunque aún no se sabe cuál será su
magnitud. Todo en medio de la crisis por los masivos cortes que tienen a la
compañía en el ojo del huracán.
El 6 de junio de 2011 y luego de una larga y férrea oposición al proyecto
hidroeléctrico Alto Maipo, Aguas Andinas, que alegaba que éste podría afectar el
abastecimiento de agua potable en la Región Metropolitana (RM), terminó
respaldando la iniciativa energética tras firmar un acuerdo con la compañía Aes
Gener. El pacto permitió destrabar el inicio de la construcción del proyecto y
hasta hoy se ha mantenido en la más estricta reserva.
El convenio, que regula la forma en que ambas compañías ejercerán sus
respectivos derechos de aprovechamiento de agua en el contexto del proyecto Alto
Maipo, logró zanjar la disputa mantenida entre Gener y la sanitaria por el uso
de las aguas contenidas en el embalse El Yeso, fuente de respaldo para abastecer
a la Región Metropolitana.
Al mismo tiempo, y en vista de que nunca se hizo público, abrió una serie de
interrogantes que no han podido ser respondidas por la opinión pública.
Entre ellas, si los términos convenidos podrían afectar de alguna manera el
abastecimiento de agua de la Región Metropolitana; una información que adquiere
más relevancia después que millones de santiaguinos se vieran afectados por el
corte de suministro.
La única información a la que es posible acceder obedece a hechos esenciales
enviados a la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) donde se detalla,
entre otros puntos, que Aguas Andinas entregará para su uso no consuntivo a
Gener hasta 2,5 metros cúbicos por segundo como máximo de las aguas efluentes de
las lagunas Negra y Lo Encañado, con la obligación de Gener de restituirlas.
También se detalla la modalidad de pagos.
Pero el secreto en torno al acuerdo tiene los días contados, ya que en las
próximas semanas la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS), la única
entidad estatal que tuvo acceso al convenio, con el fin de revisar si el mismo
podría poner en riesgo el abastecimiento de agua potable, deberá hacerlo
público, acatando así la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago que no
consideró que “la entrega del convenio pueda comprometer el interés patrimonial
de Aguas Andinas y Gener, por el contrario, la seguridad hidrológica respecto
del servicio sanitario de la Región Metropolitana, es una materia de tal
trascendencia social y económica, que hace necesaria el conocimiento de
información que en él se contiene”.
El fallo recalca, además, que la publicidad de los actos del Estado, “en
especial de la información que éste ha recogido a través de sus órganos, debe
operar como un medio para el control y la participación ciudadana en los asuntos
públicos”. Por ello, la Corte decidió que una parte del convenio, relativa al
detalle de la regulación de las obligaciones de las empresas respecto a la
captación y conducción de agua, pagos y otros puntos, debe salir a la luz.
Si bien la odisea para lograr que los detalles del convenio entre la compañía
energética y la sanitaria que abastece a gran parte de la Región Metropolitana,
no fue fácil, su entrega no tiene vuelta atrás, ya que según constató este
medio, Aguas Andinas no recurrió ante la Corte Suprema para invalidar la
sentencia y el plazo para que pudiera hacerlo venció el 31 de enero.
Tampoco recurrieron Aes Gener, la SISS o el Consejo para la
Transparencia.
Noticias alegres para los opositores a la instalación de Alto Maipo, entre
los que se cuentan ambientalistas y parlamentarios que, representados por el
abogado y ex director de la Dirección General de Aguas (DGA), Rodrigo Weisner,
presentaron un reclamo ante el Consejo para la Transparencia (CPLT) frente a la
negativa de la SISS de entregarles el convenio, lo que en medio de una inédita
situación, ya que dos de los cuatro consejeros tuvieron que inhabilitarse,
complicó la decisión que terminó siendo rechazada por la entidad liderada por
Alejandro Ferreiro. Esto los llevó a recurrir a tribunales.
Para Rodrigo Weisner, es fundamental que el convenio sea difundido, porque
“dispone del agua potable del 70 % de la Región Metropolitana para generación
hidroeléctrica. Al revisar el contrato podremos dilucidar si la SISS ejecutó
bien su rol fiscalizador, y si no es así se interpondrán acciones ante
tribunales y ante la Contraloría”.
Además, puntualiza el abogado, “podremos verificar hasta qué punto este
convenio tiene incidencia tarifaria, de manera que la empresa no obtenga una
doble renta por un bien afecto a la concesión y una renta sobre la cual debiera
descontarse a la tarifa de los usuarios. Estamos seguros de que eso va a
ocurrir, pero no sabemos la magnitud”.
Lo concreto es que hasta que dicho acuerdo se haga público, no es posible
saber a ciencia cierta sus alcances o afirmar si existe o no alguna posibilidad
de que afecte el abastecimiento de agua potable.
En este sentido, Weisner recalca que éste es “un tema de transparencia que va
en la línea de lo que ha dicho la Corte Suprema en los últimos años. El derecho
al acceso a la información es una de las bases en que una democracia funciona
porque permite a los ciudadanos controlar el ejercicio de las potestades
públicas y si las resoluciones o actuaciones de las potestades públicas están o
no bien razonadas. Y sí poder ejercer los mecanismos de control que la ley
requiera. Cuando eso falla, fallan las democracias”.
Bajo esta óptica la difusión del acuerdo adquiere gran relevancia y además
pone sobre el tapete la necesidad de mayor transparencia en el mundo privado,
que como en este caso, entrega un servicio relativo a un bien público de primera
necesidad para la ciudadanía.
Transparencia versus empresa privada
Según el abogado de Pro Acceso, Felipe Ibarra, la decisión del tribunal en
este caso cobra relevancia para la transparencia porque “los razonamientos del
fallo apuntan a que aquí se está hablando de que cuando la SISS solicitó la
información sobre el acuerdo entre Aguas Andinas y Aes Gener no fue por
cualquier cosa, sino porque quería revisar de qué manera se podía afectar el
abastecimiento de agua en la Región Metropolitana. Y ahí es el punto clave: esa
información la consideró de vital importancia, de alto interés público. Y con
eso fue suficiente para que optara por entregar la información”.
El ex presidente del Consejo para la Transparencia, el abogado Raúl Urrutia,
va más allá y asegura que “es fundamental que todo lo que diga relación con que
las empresas, por privadas que sean, puedan transparentar al público los
acuerdos cuando estos puedan afectar a consumidores tan masivos como son
aquellos que en definitiva son los clientes de las empresas sanitarias o de
distribución de agua potable”.
Además, asegura el abogado que denunció las malas prácticas de la Universidad
del Mar, “si estas empresas cotizan acciones en bolsa, todos los acuerdos
deberían transparentarse y ser incluidos en sus páginas web para que
los accionistas puedan tener acceso y conocimiento cabal de cuáles son los
acuerdos a que se llega. Evidentemente que aquellos que digan relación
con estrategias comerciales deben ser privados, pero si ello implica el hecho de
buscar alianzas para el desarrollo de alguna actividad debe ser
transparente”.
La Ley de Transparencia solamente permite acceder a información vinculada al
Estado, no a las empresas privadas, situación que según Urrutia debería ir
cambiando. “Poco a poco a Chile tendrá que llegar la transparencia a
todas las empresas privadas. En los países OCDE exigen que acceso a información
de las empresas privadas también sea un hecho relevante para poder celebrar
contratos por parte del Estado, por ejemplo”.
Manuel Aris, de Ciudadano Inteligente, coincide con Urrutia en el sentido de
que este caso “demuestra la necesidad de que la Ley de Transparencia aumente en
la cobertura de organismos que afecta, como en el caso de empresas privadas que
estén trabajando en mercados de servicios que son básicos. O que trabaja
mercados de derechos humanos o bienes básicos para la ciudadanía, como
sanitarias y clínicas. Hoy la ley está concentrada principalmente en el Poder
Ejecutivo y el gobierno central, y tenemos que hacer que aumente la cobertura al
Poder Judicial, Congreso, empresas del Estado y luego a empresas que se
desenvuelven en mercados de bienes o servicios que afectan nuestros
derechos”.