martes, 8 de abril de 2008

Fijan 22 atribuciones a nuevo Ministerio del Medio Ambiente

Mientras el Gobierno ultima en estas semanas los postreros ajustes al proyecto de ley mediante el cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, su anteproyecto ya entrega una serie de señales en cuanto a su estructura y funcionamiento, así como las 22 potestades que tendrá la nueva cartera para el manejo y protección de los recursos naturales del país.
La ministra del Medio Ambiente, Ana Lya Uriarte, recordó que cuando se creó su cargo hace un año, su tarea prioritaria fue el rediseño de la nueva institucionalidad ambiental para Chile, para ser presentada al Consejo de Ministros y contar con la aprobación de la Presidenta de la República, Michelle Bachelet."Esa tarea está cumplida.
Los proyectos de ley que crean el Ministerio del Medio Ambiente y la Superintendencia de Fiscalización Ambiental serán firmados y enviados al Congreso Nacional por su Excelencia la Presidenta de la República luego del proceso de afinamiento del texto con el resto de los ministros que integran el Consejo Directivo de la Conama", dijo en La Moneda.
Fue así como este diario tuvo acceso exclusivo al documento reservado del Ejecutivo, aún bajo observaciones.El texto en cuestión está escrito ya como anteproyecto de ley, y establece las modificaciones que habrá que hacer a la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente de 1994.
Entre ellas, por ejemplo, el documento en su Artículo 8 explica que corresponderá al Servicio de Evaluación Ambiental o a sus direcciones regionales -también a crearse- tener la administración del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), así como la coordinación de los órganos del Estado involucrados en el mismo, para los efectos de obtener los permisos o pronunciamientos.
"Sin perjuicio de los permisos o pronunciamientos sectoriales, siempre se requerirá el informe del Gobierno Regional y del Municipio respectivo sobre la compatibilidad territorial y urbana del proyecto presentado", dice un acápite.Luego, en cuanto al Ministerio del Medio Ambiente en sí, su articulado establece sobre su naturaleza y funciones que "es una secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planes y programas en material ambiental, así como en la protección y conservación de los recursos naturales renovables, garantizando la integridad de la política ambiental y su regulación normativa".
Un artículo fija las 22 atribuciones de la cartera, en donde destacan: proponer al Presidente de la República las políticas ambientales del Gobierno e informar sobre sus cumplimientos, supervigilar el sistema de áreas silvestres y velar por el patrimonio natural y la diversidad biológica.

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